Solamente tiene que remitirnos por fax o correo electrónico la multa o notificación recibida acompañada de una fotocopia de su documento nacional de identidad indicándonos su nombre, apellidos, número de documento nacional de identidad/número de identificación fiscal, domicilio, código postal, teléfono/fax de contacto y dirección de correo electrónico.

Una vez recibida y analizada su petición y la documentación remitida, si existieren escasas posibilidades de éxito así se lo advertiremos, comunicándole asimismo los pasos a seguir desde ese momento para que se pueda beneficiar, si ello es posible, de la reducción de la multa por pronto pago.

En caso de considerar viable el recurso, si la información y documentos facilitados resultara a nuestro juicio insuficiente procederemos de inmediato a requerirle para que a la mayor brevedad complete o amplíe los datos o documentos. En otro caso, acusaremos recibo de su petición quedando a la espera del abono del precio del servicio

Una vez tengamos constancia del abono del precio del servicio contratado, procederemos a la apertura de su expediente individual y al inicio o impulso de los trámites y escritos necesarios para su defensa en el correspondiente procedimiento sancionador hasta agotar la vía administrativa, con inclusión, en caso de ser necesario, de los recursos que procedan frente a la resolución sancionadora definitiva. Y sin que se tenga que preocupar de nada ni hacernos llegar ningún tipo de notificaciones, pues nosotros nos encargamos de recibirlas en su nombre durante todo el procedimiento.

Y todo ello con nuestro compromiso de profesionalidad, calidad y absoluta transparencia hacia nuestros clientes.