El 1 de julio de 2006 entró en vigor el nuevo sistema del permiso y la licencia de conducción por puntos, más conocido como el “carné por puntos”, instaurado por la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el Permiso y la Licencia de Conducción por Puntos y se modifica el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

 

Se pretende reducir la cifra de heridos y fallecidos en las carreteras españolas mediante la introducción de un nuevo sistema que parte de una concepción diferente del permiso o licencia de conducción. Ahora ya no estamos en presencia de autorizaciones administrativas para conducir con carácter incondicional e ilimitado sino ante una suerte de crédito que el conductor recibe de la sociedad, como reflejo del grado de confianza depositado por ésta, representado por puntos y al que va unido un nuevo mensaje: a medida que se cometan determinadas infracciones que son consideradas como graves o muy graves, los puntos irán disminuyendo y con estos el crédito concedido, de tal manera que si se pierden todos los puntos y llega a agotarse el crédito, el conductor pierde su carné de conducir, aunque sin carácter definitivo, pues se prevé la posibilidad de poder recuperarlo bajo determinadas condiciones.

 

Cada conductor parte de inicio con doce puntos en su permiso o licencia, aunque se pueden acumular hasta un máximo de quince si se mantienen la totalidad de los puntos por no haber sido sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de determinadas infracciones durante los seis primeros años, recibiendo una bonificación de dos puntos durante los primeros tres años y otro punto más por los tres siguientes. Para los conductores con menos de tres años de carné los puntos iniciales serán de ocho en lugar de doce.

 

En caso de pérdida parcial del crédito inicial de puntos asignado, se contempla la posibilidad de recuperar hasta un máximo de cuatro puntos mediante la realización y superación de cursos de reeducación vial de hasta quince horas de duración –actualmente son doce–, que se podrán llevar a cabo una vez cada dos años. No obstante, si transcurren tres años sin haber recibido ninguna sanción firme por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los conductores que con anterioridad hubieren perdido parte del crédito, recuperarán la totalidad de los doce puntos.

 

La pérdida total de los doce puntos significará la retirada del carné durante seis meses la primera vez, y doce meses las siguientes, que será de tres y seis meses, respectivamente, para el supuesto de conductores profesionales. Tras esto, podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular, para lo cual deberá realizar y superar satisfactoriamente un curso de sensibilización y reeducación en seguridad vial, con un máximo de treinta horas de duración –en la actualidad de veinticuatro horas–, y examinarse posteriormente del carné. Una vez superadas todas las pruebas, el conductor comenzará con ocho puntos.

 

Para una mejor comprensión del nuevo sistema del “carné por puntos”, seguidamente la facilitamos el listado de las infracciones que pueden dar lugar a la pérdida de puntos y el texto de la orden ministerial que regula los cursos de sensibilización y reeducación vial, así como una sección de preguntas más frecuentes en la que encontrará solución y respuesta a muchas de las cuestiones y dudas que suscita el nuevo sistema.